Tu piso en España.Gestionado en remoto.Tú, donde estés.
Vives fuera, heredaste un piso o compraste a distancia. Nos ocupamos del día a día —huéspedes, cobros, mantenimiento y papeles— y tú lo sigues desde el móvil.
✓ Gratis · En tu idioma · Respuesta en 48 h
Gestionar desde fuera ya no es un problema.
Las cuatro cosas que paran a un propietario que vive fuera, y cómo las resolvemos.
Tus impuestos y tus gastos, en orden
Coordinamos con una gestoría colegiada el Modelo 210 y tus declaraciones. Nos ocupamos también del IBI, la comunidad, los suministros, el seguro y la licencia. Tú no persigues plazos desde otro país.
Modelo 210 · IBI · ComunidadCobras donde estés
Liquidación mensual clara y transferencia a tu cuenta, en España o en cualquier país de la zona SEPA. El alquiler se cobra en euros; si tu cuenta es en otra divisa, el cambio lo hace tu banco.
Euros · SEPASabes qué pasa, sin llamar
En el panel del propietario ves reservas, ingresos, limpiezas e incidencias al día. No esperas a un PDF a fin de mes para saber cómo va tu piso.
Panel en el móvilEmpezar sin viajar
Firma digital, videollamada y un equipo que te habla en tu idioma. Para el NIE te guiamos por la vía más cómoda, consulado o poder notarial, y si tu caso exige venir, te acompañamos.
Alta en remotoLo que pagas en España depende de tu país de residencia.
Si no resides en España, el alquiler de tu piso tributa por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) y se declara con el Modelo 210. La gran diferencia es si vives dentro o fuera de la Unión Europea.
19 % sobre el beneficio
Puedes deducir los gastos del piso: IBI, comunidad, reparaciones, seguro, suministros a tu cargo, comisión de gestión y amortización.
24 % sobre el ingreso bruto
La ley no permite deducir gastos: se paga sobre todo lo cobrado. Es el caso del Reino Unido, Estados Unidos o Suiza.
Un piso que ingresa 20.000 € al año con 8.000 € de gastos deducibles paga 2.280 € si su dueño vive en Francia (19 % de 12.000 €) y 4.800 € si vive en Londres (24 % de 20.000 €).
Arts. 24.6 y 25.1 a) del texto refundido de la Ley del IRNR (Real Decreto Legislativo 5/2004).
Desde las rentas de 2024, el alquiler de todo el año se puede declarar de una vez, del 1 al 20 de enero del año siguiente. Hay sentencias de la Audiencia Nacional que reconocen también a residentes de fuera de la UE el derecho a deducir gastos: si es tu caso, vale la pena revisarlo con la gestoría.
Guía completa: alquilar tu piso siendo no residente →Así son los pisos que gestionamos.
Eixample · Barcelona
Gràcia · Barcelona
Centro · MadridEntras al panel y lo sabes todo.
Estés donde estés, ves qué pasa con tu piso al día, sin llamar a nadie.
- Reservas y calendario al día
- Finanzas: ingresos, gastos y liquidaciones
- Mantenimiento e incidencias, con su estado
- Agenda de entradas, salidas y limpiezas
- Bloqueo de fechas para tu propio uso
De fuera de España a cobrar, en 3 pasos.
Hablamos 20 minutos
Una videollamada en tu idioma para conocer tu piso y estimar cuánto puede ganar, con datos reales de los pisos que gestionamos.
Lo ponemos en marcha sin que viajes
Revisión del piso, fotos, anuncio en las plataformas, cerradura inteligente y contrato con firma digital. Lo coordinamos nosotros.
Tú cobras, nosotros gestionamos
Recibes la liquidación cada mes en tu cuenta y lo sigues todo desde el panel. Huéspedes, mantenimiento y papeles, incluidos.
«Heredé el piso de Barcelona y vivo en París. Pensaba venderlo porque no podía con la gestión a distancia. Con MyRentalHost no he vuelto a pisarlo en dos años, y rinde más que nunca.»
Lo que nos preguntan los propietarios que viven fuera.
¿Necesito NIE para alquilar mi piso en España?
Sí. El NIE es tu número de identificación fiscal en España y lo necesitas para declarar el alquiler. Si aún no lo tienes, se puede pedir en el consulado español de tu país o a través de un representante con poder notarial. Te guiamos en el proceso.
¿Cuánto pago de impuestos si vivo fuera de España?
Tributas por el IRNR con el Modelo 210. Si resides en la UE, Islandia o Noruega, pagas el 19 % sobre el beneficio, después de deducir gastos. Si resides en otro país, el 24 % sobre el ingreso bruto, sin gastos deducibles.
¿Cada cuánto se presenta el Modelo 210?
Desde las rentas de 2024, el alquiler de todo el año se puede declarar de una vez, del 1 al 20 de enero del año siguiente (hasta el 15 si domicilias el pago). Lo coordinamos con una gestoría colegiada.
¿Puedo cobrar en una cuenta fuera de España?
Sí, en cualquier cuenta de la zona SEPA. El alquiler se cobra en euros; si tu cuenta es en otra divisa, el cambio lo hace tu banco.
¿Tengo que venir a España para empezar?
Normalmente no. El alta es con firma digital y videollamada, y el piso lo preparamos nosotros. Solo si tu caso exige un trámite presencial te acompañamos en España.
¿Qué comisión cobráis?
En gestión de piso turístico, entre el 18 % y el 20 %, según el piso. En alquiler de temporada, las condiciones dependen de la duración y te las damos en el análisis gratuito.
¿Mi piso necesita licencia turística?
Para estancias cortas, sí: número HUT en Cataluña o VUT en Madrid. Si no tienes licencia, el alquiler de temporada, a partir de 32 días y con causa acreditada, es la alternativa legal.
¿Cuánto debería ganar tu piso en España?
Estimación de ingresos con datos reales, comparación con el mercado de Barcelona o Madrid y un plan de gestión en remoto para tu caso. Sin compromiso.
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