La Generalitat ha aprobado dos Decretos-ley que afectan el arrendamiento de temporada y establecen nuevas obligaciones para los grandes tenedores. Esto es lo que necesitas saber.
DL 1/2025: Arrendamientos de Temporada
En vigor desde el 30 de enero de 2025. Introduce sanciones de hasta 900.000€ para contratos irregulares.
- Obligatorio justificar la temporalidad en el contrato
- Sin mención expresa → se presume alquiler habitual
- El inquilino podría exigir derechos de arrendamiento residencial
"Si no se indica que es temporal, se presumirá uso habitual. Las multas llegan hasta 900.000€."
DL 2/2025: Grandes Tenedores
Vigente desde el 27 de febrero de 2025. Amplía quién es considerado «gran tenedor» y establece nuevas obligaciones.
¿Quién es Gran Tenedor?
- Más de 10 viviendas en España o más de 1.500 m² residenciales
- 5 o más viviendas en municipios tensionados
140 municipios tensionados en Cataluña
Barcelona, Badalona, Sabadell, Terrassa, Tarragona, Girona y 134 más. En estas zonas la Generalitat tiene derecho preferente de compra en ventas.
Obligaciones
- Inscripción en el Registro de Grandes Tenedores
- Informar sobre número de viviendas
- Derecho de tanteo de la Generalitat en ventas en zonas tensionadas
¿Cómo afecta a tu situación?
- Alquiler temporal: justifica siempre la temporalidad en el contrato
- Múltiples propiedades: verifica si eres gran tenedor y regístrate si aplica
- Zonas tensionadas: ten en cuenta el derecho de tanteo antes de vender
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